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Guía para pernoctar en camper en España

En España es totalmente legal pernoctar en camper o autocaravana. ¡Si, aunque nos suene raro por lo que hemos podido escuchar, así es!

Si estás pensando en emprender tu nueva aventura con tu furgoneta o tienes pensado alquilar un camper para hacerlo, vamos a explicarte algunos tips a tener en cuenta antes de adentrarte en tu maravillosa aventura.

Nosotros podemos explicarte esto de una manera técnica y con las normativas de tráfico para pernoctar en camper en España que se rigen por la DGT, pero es importante que apliquemos siempre nuestro sentido común, y con ello lo más importante es siempre el respeto, respeto hacia el medio ambiente y respeto a los vecinos o viajeros que nos encontremos por el camino.

¡Dicho esto vamos a por ello!

Diferencia entre acampar y pernoctar: regulaciones de acampada y pernocta en camper

Se considera acampar cuando excedes el perímetro de la furgoneta camperizada, es decir, si abrimos las ventanas laterales hacia afuera o sacamos el toldo porque queremos disfrutar de un poco de sombra, estaríamos infringiendo la normativa y tendrían derecho a denunciarnos, así como si sacamos las sillas y la mesa para comer.

Para acampar con furgoneta hay zonas habilitadas en la mayoría de municipios y ciudades. Muchos ofrecen zonas gratuitas y parkings para que podamos disfrutar del lugar y en el caso de ser de pago no suelen exceder los 5€ por día. Después tenemos los campings que suelen ser siempre de pago.

Pernoctar, siempre que tu vehículo se encuentre bien estacionado y en zonas donde no ponga claramente prohibido dormir con tu camper o autocaravana, como sitios de parques naturales o zonas costeras donde suele ser más típico este tipo de prohibiciones, va a ser totalmente legal dormir en nuestra pequeña casa con ruedas. Mientras que no abramos ninguna de las ventanas o el toldo (extensión del vehículo), abramos el techo o saquemos las sillas o mesa fuera, seguimos estando dentro de lo legal.

Del mismo modo que ocurre con las áreas de acampada, cada vez son más los lugares de España que habilitan espacios para poder pernoctar en furgoneta o autocaravana de forma legal y sin ningún tipo de preocupación.

¿Sigues teniendo dudas? ¡No te preocupes que hoy no te acuestas sin haber aprendido algo nuevo!

Legalidad para acampar y pernoctar en furgoneta en España: Regulaciones de acampada y consejos

Para la legislación española estacionar no es acampar, tan fácil como que puedes dormir en tu camper siempre que esta esté bien estacionada. Para más seguridad aún, si nos encontramos en el caso de haber cumplido con todas estas normativas y aun así un agente decide denunciarte por ello, con toda educación se le puede recordar que la Instrucción 08/V-74 de la DGT o PROT 2023/14 AUTOCARAVANAS, dice claramente que las camper pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento legal para campers y autocaravanas en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.

Por tanto, si el vehículo está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, no es relevante que los ocupantes estén en el interior del vehículo, siempre que no haya ninguna señal que indique lo contrario.

En cuanto a la diferencia de aparcar y acampar la Instrucción PROT 2023/14 AUTOCARAVANAS aclara que “estacionar es realizar una maniobra consistente en inmovilizar un vehículo en un espacio determinado cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 92 del Reglamento General de Circulación”. Sin embargo, “acampar es una actividad regulada en la normativa de Turismo, que se reproduce en el apartado 7.1 de esta Instrucción”. Añade que “de la confrontación de ambas normativas puede concluirse que la normativa de tráfico se aplica a la maniobra de estacionamiento cuando en dicho estacionamiento se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que el vehículo, con el motor parado, sólo esté en contacto con el suelo a través de las ruedas (no se utilizan las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio, salvo los calzos, previstos por el Reglamento General de Circulación).
  2. Que el vehículo no ocupe más superficie que la que ocupa cerrado, es decir, sin el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc., elementos que pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo, entendido este como la proyección en planta del mismo.
  3. Que el vehículo no emita ningún tipo de fluidos o ruidos al exterior.
    De incumplirse alguno de los anteriores requisitos, no nos encontraríamos ante una maniobra contemplada por la normativa sectorial del tráfico de vehículos y de carácter habitual, como es el estacionamiento, sino ante una actividad que será regulada, en su caso, por las normativas correspondientes en virtud del supuesto de hecho que concurra”.

Pero tenemos un pero, porque siempre hay peros.

Normativas locales para la pernocta y acampada

En 2015 se aprobó el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre , que deja a competencia municipal la regulación mediante ordenanza “de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos”.

Esto quiere decir que cada municipio marca un poco sus normas y en lugares donde existan los aparcamientos habilitados, podemos estacionar nuestra furgoneta camper, autocaravana o cualquier otro vehículo, salvo que exista otra señal del municipio que lo prohíba expresamente.

¡Volvamos otra vez a los parques naturales y la ley de costas!

Regulaciones en Parques Naturales y costas viajando en camper

En estos lugares son muy estrictos y la ley puede multar con grandes penalizaciones.

Por eso, es muy importante prestar especial atención a las ordenanzas de los municipios. Aparcar simplemente en los aparcamientos de uso público destinados para tal finalidad, nunca en zonas de uso restringido o caminos.

Las multas pueden llegar hasta los 6.000 euros, así mismo la ley de costas nos puede sancionar con 40 euros por cada metro cuadrado que se ocupa de más cuando no se respetan las playas o los parques naturales.

En los parques naturales las multas pueden llegar hasta 5.000 euros por generar desechos, hacer fuego o acampar ilegalmente.

Apps para pernoctar en camper y recursos online

Si queremos ir a lo seguro siempre podemos tirar de aplicaciones que nos facilitan el encontrar destinos camper friendly:

Además, en estas aplicaciones podrás ver las puntuaciones de la gente, la ubicación exacta del lugar, saber si tienen servicios para depositar aguas grises o negras, o si podemos llenar los depósitos de agua. Y lo que es más interesante aún, leer comentarios y ver las fotos que deja la gente, es importante leer siempre los últimos comentarios ya que las normas en el mundo camper pueden variar en poco tiempo.

Consejos prácticos para viajar en camper

Prioriza tu seguridad y la de tus acompañantes. Asegúrate de que la camper que alquiles esté bien equipada y sigue las normativas de tráfico para campers en España. Además, considera el bienestar de tu mascota si viajas con una.

Mantén los espacios naturales limpios y respeta las restricciones de acampada en parques nacionales y playas. Tu conducta responsable garantiza la conservación de estos hermosos lugares para futuros visitantes.

Recuerda que viajar en camper no es solo una forma de explorar paisajes impresionantes, sino también una oportunidad para conectar con la naturaleza y las culturas locales de una manera responsable y respetuosa. Con la preparación adecuada y un enfoque consciente, tu aventura en camper será tan gratificante como responsable.

¡Tu aventura sobre ruedas!

¿Aún tienes dudas? Te llamamos para contarte más sobre el alquiler de ©YokoCampers.

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