Términos y condiciones aplicables al arrendamiento del vehículo
A continuación le indicamos cuáles son los términos y condiciones que regirán el arrendamiento de la Furgoneta Camper que se pone a su disposición (en adelante, el “Vehículo”). Estas condiciones constituyen parte del contrato de arrendamiento del Vehículo y deberán suscribirse por Yoko Campers SL. en su condición de Arrendador y por Ud. en su condición de Arrendatario. Lo dispuesto en los siguientes apartados comenzará a ser de aplicación desde el momento mismo en el que se inicien las gestiones de la reserva del Vehículo. Es imprescindible que lea detenidamente este documento y, de considerarlo oportuno, lo firme en señal de consentimiento y aceptación de su contenido. Los presentes “Términos y Condiciones Generales de Alquiler” vinculan a las partes desde el momento inicial de hacer la reserva y son parte integrante del contrato de arrendamiento de vehículos.
Ámbito de aplicación, contenido del contrato
A continuación le indicamos cuáles son los términos y condiciones que regirán el arrendamiento de la Furgoneta Camper que se pone a su disposición (en adelante, el “Vehículo”). Estas condiciones constituyen parte del contrato de arrendamiento del Vehículo y deberán suscribirse por Yoko Campers SL. en su condición de Arrendador y por Ud. en su condición de Arrendatario. Lo dispuesto en los siguientes apartados comenzará a ser de aplicación desde el momento mismo en el que se inicien las gestiones de la reserva del Vehículo. Es imprescindible que lea detenidamente este documento y, de considerarlo oportuno, lo firme en señal de consentimiento y aceptación de su contenido. Los presentes “Términos y Condiciones Generales de Alquiler” vinculan a las partes desde el momento inicial de hacer la reserva y son parte integrante del contrato de arrendamiento de vehículos.
Obligaciones y Responsabilidades del Arrendador
En virtud del presente Contrato, el Arrendador se compromete frente al Arrendatario:
- A entregar el Vehículo con la documentación en vigor: permiso de circulación, ficha técnica, ITV al día y seguro. Adjuntará también un parte de accidente. El Arrendatario deberá devolver al Arrendador dicha documentación en perfecto estado al finalizar el contrato de Arrendamiento.
- A entregar el Vehículo en condiciones mecánicas idóneas para su uso, y en las mejores condiciones de conservación y limpieza, junto a los elementos de seguridad. El Arrendador será responsable de fallos mecánicos o averías debido al uso normal del mismo, siendo responsable frente al Arrendatario o a los usuarios del vehículo del coste de la reparación.
- A entregar el Vehículo con una relación del inventario, así como de sus posibles accesorios.
- A entregar el Vehículo con la información suficiente sobre su uso y funcionamiento.
- El Arrendador no está en ningún caso obligado a sustituir el Vehículo averiado o accidentado, y no asume responsabilidad alguna por los perjuicios y/o accidentes motivados por fallos mecánicos fortuitos.
- Si por motivos ajenos o fortuitos al Arrendador no se pudiera entregar el Vehículo en la fecha convenida, esto no le dará derecho a ninguna indemnización al Arrendatario, salvo a la devolución por parte del Arrendador al Arrendatario de la cantidad pagada por éste hasta esa fecha en concepto de alquiler en la parte proporcional que corresponda a los días de retraso.
- El Arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el Arrendatario respecto al automóvil de éste que se encuentre depositado, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del Arrendador, durante el período del alquiler del Vehículo.
- El Arrendador se reserva el derecho de rescindir anticipadamente el presente contrato, sin otra obligación que la de comunicárselo al Arrendatario y reintegrarle el precio del alquiler del mismo si éste hubiera sido ya abonado por el Arrendatario. Cualquier otra alteración o prórroga deberá ser autorizada por escrito por el Arrendador, constituyendo apropiación indebida la retención impuesta unilateralmente por el arrendatario.
- El Arrendador se reserva la facultad expresa de denegar el alquiler del vehículo en el supuesto de que la persona indicada por el Arrendatario para conducir, no acredite en debida forma ser titular de permiso de conducir válido y en vigor en el momento de la entrega del mismo al Arrendador conforme a lo estipulado en el contrato.
Obligaciones y Responsabilidades del Arrendatario
El Arrendatario utilizará y conducirá el Vehículo diligentemente respetando la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y demás disposiciones complementarias. Asimismo, el Arrendatario está obligado a:
- Aceptar que le ha sido entregado el Vehículo en perfectas condiciones mecánicas, de conservación y limpieza, y lo entrega con todas sus herramientas y elementos de seguridad.
- Utilizar el Vehículo de una forma cuidadosa, conforme su destino y a no alterarla y seguir las instrucciones del Arrendador.
- El Arrendatario está obligado a devolver el Vehículo al Arrendador en el estado en el que el Arrendatario lo haya recibido. Cualquier daño o cambios en el Vehículo serán evaluados por un experto y se le deducirá de la fianza/depósito entregado.
- Durante el período que dure el alquiler, el Arrendatario deberá comprobar que el vehículo queda debidamente cerrado y controlar tanto el estado de éste, así como el nivel de agua, aceite y presión de los neumáticos. De no hacerlo, el Arrendatario será responsable de los daños que se produzcan si resultase perjudicado el Vehículo como consecuencia de un sobrecalentamiento debido a niveles bajos de aceite, refrigerante del motor o por averías debido a un nivel bajo de presión de los neumáticos y deberá asumir el coste íntegro de la reparación.
- Pagar la totalidad del alquiler, a pesar de no utilizar el Vehículo o hacerlo por un período más corto de lo especificado.
- A devolver el Vehículo con el depósito de combustible lleno por haberlo recibido así.
- A no llevar a más pasajeros que los permitidos por las leyes de acuerdo con las características propias del vehículo, ni a transportar ningún tipo de mascota o animal sin la autorización expresa del Arrendador. En caso de ser autorizado por el Arrendador, el Arrendatario se compromete a devolver la furgoneta libre de parásitos, pelos y olores.
- A no utilizar el Vehículo para carga y transporte de mercancías, ni para el transporte o reparto de mensajerías de Servicio Urgente.
- A estacionar adecuadamente el Vehículo. El Arrendatario asume completa responsabilidad por cualquier infracción de las normas de tráfico, estacionamiento, transporte, carga y descarga cometida.
- Conductor autorizado: En caso de haber otro conductor autorizado diferente del Arrendatario, éste se compromete a que el conductor autorizado conozca expresamente las condiciones del presente contrato de alquiler, constituyéndose voluntariamente en fiador solidario del Arrendatario, para el pago de todas las obligaciones provinientes del presente contrato, firmado en prueba de conformidad en el contrato de alquiler.
- En caso de ser varios los Arrendatarios y/o conductores, todos estos responderán en calidad de deudores solidarios.
- El Arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento negligente y/o culposo.
- Asimismo, el Arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso o culposo en los siguientes casos:
- Si el Arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.
- Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
- Si el Arrendatario o el conductor, a quien el Arrendador le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
- Si el Arrendatario, en contra de la obligación establecida en el “apdo. en caso de accidente”, no avisa a la policía en caso de accidente.
- Si el arrendatario infringe otras obligaciones del “apdo. en caso de accidente”.
- Si los daños se deben a un uso prohibido por parte del Arrendatario.
- Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el “apdo. de obligaciones y responsabilidades por parte del Arrendatario”.
- Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el Arrendatario haya dejado el vehículo.
- Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.
- Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
- Si el Arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.
Queda expresamente prohibido al Arrendatario:
- Permitir que conduzcan personas no autorizadas expresamente por el Arrendador en el contrato de arrendamiento.
- Llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del Vehículo.
- Transportar en el Vehículo ningún tipo de mascota o animal sin la autorización expresa del Arrendador.
- Fumar y encender velas en el interior del Vehículo.
- Realizar cualquier tipo de subarrendamiento del Vehículo, ya sea para el transporte de personas y/o, animales y/o mercancías.
- Participar en carreras de velocidad, concurso o competición deportiva privada y/o en sus entrenamientos.
- Conducir o permitir que el Vehículo sea conducido por gente que se encuentre en condiciones físicas o psíquicas inapropiadas, motivadas por el consumo del alcohol, drogas, medicamentos o por estar en estado de fatiga y/o enfermedad.
- No tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños.
- Utilizar el Vehículo para empujar, mover o remolcar otros Vehículos.
- Transportar ni permitir que en el Vehículo sean transportadas materias explosivas, inflamables, corrosivas, drogas, estupefacientes o contrabando de cualquier índole.
- Variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento y/o accesorios del vehículo, así como realizar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización por parte del Arrendador. En caso de infracción de este tipo, el Arrendatario correrá con todos los gastos que se lo ocasionen al Arrendador para recuperar el estado inicial del Vehículo.
- Desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador cualquier avería en el mismo.
- Reparar por cuenta del Arrendatario sin consentimiento del Arrendador cualquier daño producido en el Vehículo.
- Viajar a países que se encuentren en guerra o conflictos bélicos o que no estén incluidos en la carta verde de la póliza del vehículo.
- Circular, por carreteras no asfaltadas ó por caminos o parajes, que, por su deficiente estado vial, puedan causar desperfectos en los bajos o neumáticos del Vehículo.
En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apartados, el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler, solicitar la devolución del vehículo y el Arrendatario vendrá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento, así como los gastos que en los citados apartados se relacionan.
Seguro y coberturas contratadas
Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el Arrendador eximirá al Arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales sufridos en el vehículo, con una franquicia que deberá asumir el Arrendatario. La eximente de la responsabilidad indicada no tendrá efecto si el Arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos de las cláusulas descritas en este contrato. Esta exención de responsabilidad no procederá en caso de que el Arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.
- La póliza contratada para asegurar el Vehículo por el Arrendador, es una póliza de seguro a todo riesgo, con una franquicia de MIL EUROS (1.000 €). En caso de daños integrales, el Arrendador eximirá al Arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales sufridos en el vehículo, siempre y cuando los daños no se hayan producido por una conducta negligente por parte del Arrendatario.
- La póliza a todo riesgo con franquicia de MIL EUROS (1.000 €), en ningún caso cubre daños causados en el interior, en el exterior, en bajos y altos del Vehículo o neumáticos del Vehículo.
- El seguro a todo riesgo con franquicia de MIL EUROS (1.000€) no incluye los efectos personales del Arrendatario y acompañantes.
- Cuando los daños causados por el Arrendatario, de forma no negligente, en el exterior e interior del vehículo superen el valor de la franquicia, el Arrendatario únicamente deberá abonar la cantidad máxima del valor de la franquicia, es decir, MIL EUROS (1.000€).
- Se pone a disposición del Arrendatario la posibilidad de contratar coberturas adicionales que cubren los daños exteriores, interiores o ambos por el valor de la franquicia de la póliza del vehículo.
- El coste de estas coberturas deberá consultarse al Arrendador según tarifa vigente. En caso de no contratarlo y se produce un siniestro, el Arrendatario deberá abonar la cantidad de 50€, en concepto de gestión del siniestro.
- En caso de sufrir el vehículo daños por causa negligente del Arrendatario, quedarán sin efecto las coberturas contratadas y el Arrendatario deberá hacerse cargo del importe total de la reparación.
- En ningún caso y seguro (Basic, Plus y Premium), quedan cubiertos los daños o desperfectos causados a los extras o accesorios: sillas y mesas de camping, manguera ducha exterior, parasoles cabina, bombona de gas, portabicis, sábanas y almhoadas, sillita de niño.
Reparaciones y mantenimiento
- El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el Arrendatario. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor.
- Los cambios de aceite y las reparaciones en caso de avería mecánica fortuitas, excluidas las producidas por negligencia, impericia o malos tratos del Arrendatario y/ o conductor, serán efectuados gratuitamente por el Arrendador. Si debiera efectuarlas el Arrendatario, su importe le será reembolsado contra entrega de la factura, siempre que la reparación no exceda de 60.00€ o haya sido autorizada por el Arrendador. Al efecto, las facturas vendrán emitidas a nombre de la empresa, estos datos le serán proporcionados al Arrendatario.
- El Arrendatario se compromete a detener el Vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en su funcionamiento, debiendo contactar con el Arrendador o con la compañía de Asistencia de la aseguradora contratada por el Arrendador y seguir sus indicaciones. De no ser detenido el Vehículo y éste sufrir daños, será considerado como negligencia por parte del Arrendatario.
- En caso de que sin mediar culpa alguna del Arrendatario, el Vehículo sufra graves daños y/o una avería que suponga que el Vehículo no se pueda utilizar previsiblemente durante un período de tiempo superior a 48h o se deba retirar de la circulación y el Arrendatario se encuentre dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma donde se inicie el alquiler, el Arrendador, si tuviera la disponibilidad para poner a disposición del Arrendatario en un plazo máximo de 48h un Vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una posible rescisión del contrato y por tanto el nuevo Vehículo deberá ser aceptado por parte del Arrendatario, sin obligación por parte del Arrendador de indemnizar los posibles perjuicios o daños causados al Arrendatario.
- En caso de que siendo negligente el Arrendatario, la furgoneta sufra graves daños y/o una avería y se prevea que el Vehículo no se pueda utilizar durante un período de tiempo superior a 48h o se deba retirar de la circulación, el Arrendador podrá negarse a ofrecer un Vehículo de sustitución. En este caso queda excluida una posible rescisión del contrato por parte del Arrendatario, debiendo éste abonarle al Arrendador los gastos que como consecuencia de su actuación le hubiera producido al Arrendatario y a sí mismo. Si el Arrendador optara por poner a disposición del Arrendatario un Vehículo de sustitución, podrá cobrarle al Arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.
- Defectos del Vehículo al devolver el Vehículo: El Arrendatario deberá indicar por escrito al Arrendador los defectos que haya detectado en el mismo o en su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler, quedando excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.
- Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del Arrendatario por defectos no imputables al Arrendador.
- En el caso de cualquier avería del Vehículo o de los elementos del habitáculo, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Arrendador de quién recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
- Quedan excluidos los daños que afecten a los neumáticos y a las llantas del vehículo ocurridos durante el plazo de duración del arrendamiento, que serán siempre y en cualquier caso de cuenta del Arrendatario. Igualmente, cualquier avería y las reparaciones debidas a defectos del suelo, pavimento o asfaltado son responsabilidad del Arrendatario.
- En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por causa imputable al Arrendador y el Arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al Arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El Arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (p. ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.
Accidentes y/o robo
- En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el Arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al Arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler. El Arrendatario vendrá obligado a abonar todos los daños o perjuicios que provoquen la falta o el retraso en la comunicación al Arrendador de cualquiera de estas eventualidades.
- En caso de accidente con contrario, el Arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá al Arrendador. Notificará inmediatamente a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El documento de “Declaración Amistosa de Accidentes” deberá presentarlo al Arrendador antes de 48 horas o como muy tarde en el momento de devolver el Vehículo al Arrendador.
- En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al Arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas, quedando sin efecto en caso contrario, los seguros y coberturas contratadas y en consecuencia el período del alquiler pendiente de disfrutar por el Arrendatario. 4. Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el Arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el Arrendatario no elabora el informe, no importa cuál sea la razón, e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el Arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.
- No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora del Arrendador.
- En caso de incumplimiento por el Arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el Arrendador podrá reclamar al Arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante del Arrendador durante el tiempo que dure la inmovilización del Vehículo.
- No prejuzgar ni autorizar, firmar o ratificar responsabilidad en caso de accidente. En caso contrario, el Arrendador declina la responsabilidad sobre dicho reconocimiento, pudiendo repercutir sobre el Arrendatario las consecuencias y responsabilidades civiles del accidente.
- Notificar inmediatamente a la autoridad si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada o hay herido.
Reserva y Cancelación
- Para hacer efectivo el alquiler en reservas fuera de la web www.yokocampers.com el Arrendatario tendrá que abonar el 100% del importe. El 30% si queda más de un mes y el resto 30 días antes de la fecha de inicio del alquiler. La reserva no será efectiva hasta la confirmación expresa del Arrendador.
- Una vez abonado el importe de la reserva, el 30% y la confirmación de dicha reserva, el Vehículo estará reservado. El Arrendatario podrá modificar la reserva, siempre y cuando tenga autorización expresa del Arrendador, se tendrá en cuenta la disponibilidad y las tarifas vigentes, pudiendo aumentar el precio del alquiler si se modifica en fechas, horarios o si se cambia de modelo de Vehículo.
- Para las reservas realizadas a través de la web www.yokocampers.com, para hacer efectivo el alquiler el Arrendatario tendrá que abonar el 100% del importe mediante tarjeta de crédito/débito, Bizum o transferencia bancaria. La reserva no será efectiva hasta la confirmación por parte del Arrendador.
- Para ofertas realizadas fuera de la web www.yokocampers.com, el arrendatario, una vez recibida la confirmación de disponibilidad del vehículo por parte del Arrendador, tiene que mandar el justificante de pago para que el Arrendador proceda a bloquear el vehículo. Las campers no se reservarán a ningún cliente sin el justificante de pago. El Arrendador no se responsabiliza si durante el plazo transcurrido entre el envío de la oferta y la aceptación de la misma por parte del Arrendatario, otro cliente reserva el vehículo a través de la web. En este caso, tendrá preferencia el cliente que haya reservado a través de la web.
- Exclusivamente la reserva de un vehículo será para categoría de vehículos, no para marcas o modelos de vehículos. Esto también será válido aún cuando en la descripción de la categoría del vehículo se indique a modo de ejemplo un modelo concreto.
- El Arrendador estará obligado a ofrecer un vehículo de la categoría seleccionada. En el caso de que el Vehículo reservado no estuviese disponible por circunstancias de fuerza mayor, el Arrendador no estará obligado a sustituirlo por otro alternativo sin previo aviso. El Arrendador procederá a la devolución íntegra del importe del alquiler. Si el arrendador procede a la sustitución del vehículo, éste será lo mas similar posible al vehículo inicialmente reservado. El Arrendador determinará razonablemente, si se deberá y en cuánto, indemnizar al Arrendatario si la sustitución del vehículo no se lleva a cabo.
- En caso de cancelación de la reserva vinculante por parte del arrendatario, se aplicará lo siguiente:
- Entre 0 y 48 horas antes del inicio del alquiler acordado, se abonarán a Yoko Campers el precio total del alquiler, más extras. Debido a la cancelación manifestada no hay derecho a cambiar la reserva o un vale de descuento (en adelante “vale de cancelación”) . Ver más abajo en esta cláusula, informaciones sobre los vales de descuento.
- Entre 48 horas y 7 días antes del inicio del alquiler acordado, se abonarán a Yoko Campers el precio total del alquiler, más extras. El arrendatario podrá elegir entre: o un vale de cancelación por el importe del precio total del alquiler, o un cambio de la reserva a un periodo libre disponible, o un cambio de la reserva a otra categoría de vehículo.
Si el cambio de la reserva tiene un precio total de alquiler superior al que se pactó inicialmente, el arrendatario deberá abonar dicha diferencia. Si el precio de alquiler nuevo, por el contrario, es inferior, el arrendatario recibirá un vale de cancelación por la diferencia, respecto del precio del alquiler acordado inicialmente. A partir de la fecha de la nueva reserva o de la emisión de un vale de descuento por la cancelación, el arrendatario dispone de un plazo de dos años para canjearlo. Una vez transcurrido el plazo (cuenta desde la fecha inicial del cambio de reserva o de su anulación), no se podrá volver a hacer uso del cambio de fechas o la cancelación por un vale. - Entre 8 y 29 días antes del inicio del alquiler acorado se devolverá a requerimiento del arrendatario hasta el 50% del precio total del alquiler. Dependiendo del importe a devolver del precio total del alquiler, el arrendatario podrá elegir libremente, respecto del precio restante resultante entre: o un vale de cancelación de entre el 50 y el 100 % del precio total del alquiler acordado (dependiendo del importe de la devolución elegida) o un cambio de reserva a un periodo libre disponible, o o un cambio de la reserva a otra categoría de vehículo.
Si el cambio de la reserva tiene un precio total de alquiler superior al que se pactó inicialmente, el arrendatario deberá abonar dicha diferencia. Si el precio de alquiler nuevo, por el contrario, es inferior, el arrendatario recibirá un vale por la diferencia, respecto del precio del alquiler acordado inicialmente. A partir de la fecha de la nueva reserva o de la emisión de un vale de descuento por la cancelación, el arrendatario dispone de un plazo de tres años para canjearlo. Una vez transcurrido el plazo (cuenta desde la fecha inicial del cambio de reserva o de su anulación), no se podrá volver a hacer uso del cambio de fechas o la cancelación por un vale. - Como mínimo 30 días antes del inicio del alquiler acordado la cancelación es gratuita y el arrendatario recibe el pago a cuenta que abonó, en su caso. Si pagó el viaje con un vale de cancelación o de regalo, se devuelve al arrendatario solo un vale de cancelación por el importe del precio total del alquiler acordado.
- El equipamiento ya reservado no puede ser cancelado por separado de una reserva.
- El arrendatario tiene derecho a demostrar que no ha sufrido daños o que son inferiores.
- En caso de una terminación anticipada del contrato de alquiler mediante la devolución del vehículo el arrendatario no podrá reclamar la devolución parcial del precio del alquiler, vale de cancelación o cambio de reserva (parcial) para otro período.
Las condiciones para los vales de cancelación son las siguientes:
– Tienen una validez de 2 años a partir de su fecha de expedición.
– La validez del nuevo vale de cancelación expedido tras la cancelación de una reserva pagada con un vale de cancelación, es la fecha de caducidad del vale de cancelación inicial.
– El valor de un vale no puede ser abonado en metálico.
– Se aplican los precios actuales y los términos y condiciones generales vigentes en el momento de la celebra ción de la reserva; no podrá reclamarse el precio de alquiler inicial.
– La reventa de los vales de cancelación está prohibida.
- Entre 0 y 48 horas antes del inicio del alquiler acordado, se abonarán a Yoko Campers el precio total del alquiler, más extras. Debido a la cancelación manifestada no hay derecho a cambiar la reserva o un vale de descuento (en adelante “vale de cancelación”) . Ver más abajo en esta cláusula, informaciones sobre los vales de descuento.
- En caso de cancelación de la reserva o contrato, por fuerzas de causa mayor, pandemias, catástrofes meteorológicas, por decretación de estado de Alarma o cualquier otro estado excepcional, el Arrendador no devolverá el importe pagado al Arrendatario. El Arrendador extenderá un bono con cambio de fecha para poder disfrutar del alquiler en un período a determinar por el Arrendador.
Precios y Duración del alquiler
- El precio del alquiler del Vehículo y el período mínimo de alquiler durante las diferentes épocas del año serán los que vengan publicados en la lista de precios vigente de la empresa arrendadora en el momento de realizar la reserva. En función de los días de alquiler reservados, se aplicarán los precios que aparezcan en la lista para la temporada correspondiente.
- El alquiler mínimo es de dos (2) noches en temporada baja, tres (3) noches en temporada media y seis (6) noches en temporada alta. El período máximo se concertará con el Arrendatario en cada caso.
- Los precios incluyen el IVA, el kilometraje ilimitado por España, Portugal, Andorra y sur de Francia (límite hasta Narbonne, Toulouse y Mimizan), seguro a todo riesgo con franquicia de mil euros (1.000 € ) y asistencia en carretera en caso de avería. A partir de este límite el kilómetro extra se cobrará a 0,20€. Mapa del límite.
- El período de alquiler empieza con la recogida del Vehículo por parte del Arrendatario a la hora acordada y finaliza con la entrega del mismo por parte del Arrendador a la hora acordada.
- La factura se realizará sobre la base de períodos de 24 horas. Existe un período de cortesía de 30 minutos para la devolución del Vehículo, superado el cual se facturará el equivalente a un día de alquiler si no supera la fecha indicada de devolución, si supera dicha fecha se facturará a razón de 150€ por cada día de retraso.
- Las devoluciones mas tarde de la hora del contrato, previamente acordadas, tienen un coste de 30 eur. Hora máxima de devolución a las 20.00h del mismo día.
- Los precios de alquiler de los accesorios opcionales, serán los que vengan publicados en la lista de precios del Arrendador vigente en el momento de formalizar la reserva y que el Arrendatario declara conocer y aceptar expresamente.
- En caso de devolver el Vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá pagar igualmente el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente, sin que venga obligado el Arrendador a devolver al Arrendatario cantidad alguna.
- El Vehículo se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse, en caso contrario, el Arrendador cobrará al Arrendatario la cantidad de combustible que falte hasta llenar el depósito, y un recargo de 30€ por los gastos de gestión. Serán de cuenta del Arrendatario todos los gastos de carburante y mantenimiento durante el período de alquiler. El combustible del Vehículo es sólo DIESEL (se excluye el uso de BIODIESEL, expresamente prohibido), por lo que serán de cuenta del Arrendatario todos los gastos que se ocasionen como consecuencia de usar un combustible distinto a DIESEL.
- Para devolver el Vehículo en un centro distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con el Arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio se pactará antes de la recogida del Vehículo.
- El Arrendatario asumirá todos los gastos debidos a un retraso en la entrega del vehículo y en especial aquellos gastos derivados del hecho que otro Arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al Arrendador como consecuencia del citado retraso.
Condiciones de pago y fianza/depósito
- Todos los pagos que hagan los Arrendatarios así como las devoluciones se harán en EUROS (€). Las formas de pago aceptadas son: 1. Transferencia bancaria.
- Tarjeta de crédito.
- El pago con la tarjeta American Express está sujeto a un cargo del 3% sobre el precio del alquiler, en concepto de comisión.
- El pago por transferencias o tarjetas de crédito con moneda distinta al euro llevarán un cargo adicional a determinar por la comisión bancaria del momento.
- El precio del alquiler del Vehículo previsto en función de las fechas de reserva, deberá estar íntegramente pagado 30 días antes de la fecha prevista para el inicio del alquiler.
- ¿Qué es la fianza? La fianza es una garantía que busca asegurar el cumplimiento de una obligación. La fianza sirve para cubrir las posibles responsabilidades por los deterioros desperfectos que se puedan producir en el vehículo de alquiler durante el periodo de arrendamiento debido a un uso irresponsable.
- ¿Qué es la franquicia? Cuando se contrata un seguro algunas de sus coberturas pueden estar sujetas a una franquicia. Esto quiere decir que en caso de siniestro sobre la garantía franquiciada el usuario que ha alquilado el vehículo debe pagar parte del coste, concretamente hasta la cuantía fijada como franquicia. Así, por ejemplo, si se ha fijado la franquicia en 1000 euros y el incidente en sí conlleva un pago de 1100 euros, el Arrendatario debe pagar los primeros 1000€ y del resto del abono se hace cargo la compañía aseguradora contratada.
- Previo a la entrega del vehículo ambas partes suscribirán el contrato de arrendamiento del vehículo con arreglo a las condiciones especiales de la reserva vinculante válidamente realizada y conforme a las presentes condiciones generales de alquiler, que habrán de ser aceptadas expresamente por el Arrendatario como parte integrante del contrato. La no aceptación de las presentes condiciones generales por parte del Arrendatario en ese momento se entenderá como una rescisión de la reserva vinculante, sin devolución de la cantidad abonada por parte del Arrendador al Arrendatario.
- En caso de reservas a corto plazo (menos de 30 días antes de la fecha de inicio del alquiler), el precio del alquiler vencerá de inmediato y deberá ser abonado por el Arrendatario íntegramente al momento de realizarse la reserva.
- En el momento de la recogida del Vehículo, al Arrendatario se le retendrá la cantidad de MIL EUROS (1000€) mediante tarjeta de crédito únicamente, en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato de arrendamiento.
- La fianza será utilizada para cubrir el coste de cualquier pérdida o daño del equipamiento, complementos, extras, reparaciones
o daño negligente en el vehículo y será ejecutada en el plazo máximo de siete (7) días desde la devolución del Vehículo, una vez conocido el importe del daño. - La devolución de la fianza se hará efectiva por el Arrendador dentro de las setenta y dos (72) horas laborales siguientes a la fecha de devolución del Vehículo por parte del Arrendatario y tras ser examinado por el Arrendador. En caso de que hubiera desperfectos en el Vehículo no imputables al Arrendador, éste los valorará e indicará al Arrendatario el importe que deberá abonar como compensación. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el Arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo. La fianza podrá ser utilizada para cubrir el coste de cualquier pérdida o daño del equipamiento, complementos, extras, reparaciones o daño negligente en el Vehículo.
- El Arrendatario se compromete expresamente a pagar al Arrendador:
- El importe de toda clase de sanciones, multas, penas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico, ya sea administrativa, penal o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el Vehículo, el Arrendatario o el Arrendador, derivados de acciones u omisiones del Arrendador o los ocupantes del Vehículo durante el tiempo durante el cual el Vehículo hubiera estado a su disposición.
- Los cargos adicionales que se originen si el Vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin la autorización del arrendador.
- En el supuesto de que por culpa del Arrendatario fuese el vehículo retenido, paralizado, precintado, depositado o embargado, o de cualquier manera inmovilizado por cualquier causa, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro ce sante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
- Gastos incurridos por el Arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores, aunque su intervención no sea preceptiva) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el Arrendatario en virtud del presente contrato.
- El importe total del concepto de cargo por Gestión de Asistencia en Carretera ajena a la contratada por el Arrendador. 06. El importe de 20 € por la gestión y tramitación de multas por el incumplimiento de las normas de tráfico correspondientes al Arrendatario.
- El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente del vehículo, así como los daños o perjuicios por la pérdida del beneficio por la inmovilización del vehículo y los daños y perjuicios derivados, en su caso, del incumplimiento de las presentes condiciones generales. El cargo que se efectuará al Arrendatario por los daños causados al vehículo se calculará según el baremo de los precios oficiales de la marca y modelo del vehículo o por perito externo alternativo. Cuando por la entidad de los daños, no sea posible realizar dicha cuantificación a priori, el Arrendatario abonará la cuantía que resulte del presupuesto emitido por un taller o perito externo contratado al efecto por el Arrendador más la indemnización que corresponda por la pérdida de beneficio por la inmovilización del vehículo, de acuerdo con la cantidad diaria establecida en la Tarifa General. La responsabilidad máxima del Arrendatario será del precio de reparación del vehículo, nunca del precio en el mercado de dicho vehículo, obligándolo a pagar la reparación aunque esta fuera superior a la del precio del vehículo.
- Todos aquellos daños causados a un tercero o al Arrendador no cubiertos por el seguro del Vehículo y que sean evaluables económicamente en ese momento.
- El importe de toda clase de sanciones, multas, penas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico, ya sea administrativa, penal o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el Vehículo, el Arrendatario o el Arrendador, derivados de acciones u omisiones del Arrendador o los ocupantes del Vehículo durante el tiempo durante el cual el Vehículo hubiera estado a su disposición.
Entrega y devolución del Vehículo
- Previa a la entrega del Vehículo, se elaborará un FORMULARIO DE ENTREGA (Check Out), el cual describirá el estado del Vehículo e inventario a bordo y que deberán firmar ambas partes. El Arrendador se podrá negar a entregar el Vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción de manejo del Vehículo.
- En el momento en el que se produzca la devolución del Vehículo en horario comercial y en presencia del arrendatario, se elaborará un FORMULARIO DE DEVOLUCIÓN (Check In) que deberán firmar el Arrendatario y el Arrendador. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del Arrendatario y serán descontados de la fianza.
- En el momento de devolución del vehículo, cuando el arrendatario no esté presente o en devoluciones por buzón, el arrendador deberá mandar al número de teléfono de la empresa foto de la matrícula del vehículo, kilómetros del vehículo y ticket de repostaje.
- Se establece un horario para las entregas y devoluciones del Vehículo, que, por norma general, se efectuarán de lunes a viernes, de 09 a 14:00.
- Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se considerarán los acordados.
- El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al Arrendador.
- Los sábados,domingosyfestivossólosepodránrealizarentregasydevolucionessisehaalcanzadounacuerdoprevioy según tarifa en vigor.
- Entregas y devoluciones en el aeropuerto, estación de tren o autobús tiene un coste de 30€ en el horario laboral.
- Entregas y devoluciones en el aeropuerto, estación de tren o autobús fuera de horario tendrá un coste adicional de 50 €.
- Entregas y devoluciones en el local fuera de horario tendrá un coste adicional de 30 €.
- En el caso de retraso en el vuelo, o cualquier otro tipo de transporte, se cobrará 40 €.
- Cualquier retraso en la devolución, no autorizado, será penalizado. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día u hora acordada, deberá ser comunicada inmediatamente al Arrendador para que este la acepte, en caso contrario se considerará retraso no autorizado y el Arrendatario deberá abonar una penalización por los posibles daños o inconvenientes causados en al siguiente alquiler.
- Si el Arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al Arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la fecha de devolución y de finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el Arrendador, no asumiendo por tanto esté último ningún compromiso previo alguno.
- Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el Arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador para hacerse cargo del Vehículo o requerirlo judicialmente. El Arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del Vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del contrato de arrendamiento, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo o en las presentes condiciones generales.
- En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el Arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, entrega por buzón o no-disponibilidad, y se aprecien daños en el Vehículo, el Arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el Arrendador, el siguiente día laborable a la entrega del vehículo.
- Condiciones para la devolución por buzón, no disponibilidad o por causas imputables al arrendatario:
- La entrega por buzón se realizará en la estación de servicio Repsol ubicada en la siguiente dirección: Avda. Barcelona no 49, 46136 de Museros Valencia.
- El Arrendatario estará en la obligación de seguir las pautas de devolución indicadas en las condiciones del contrato de arrendamiento y depositar la llave en la estación de servicio Repsol ubicada en la dirección mencionada anteriormente, allí firmará el correspondiente albarán de devolución de llaves y vehículo.
- Una vez realizado la revisión del estado del vehículo por parte del arrendador se emitirá un documento informativo del estado del vehículo, y se remitirá por correo electrónico a la dirección facilitada en el contrato de alquiler.
- La entrega por buzón se realizará en la estación de servicio Repsol ubicada en la siguiente dirección: Avda. Barcelona no 49, 46136 de Museros Valencia.
Estado Devolución de la furgoneta
El Arrendador está obligado a entregar el Vehículo en condiciones mecánicas idóneas para su uso, y en las mejores condiciones de conservación y limpieza, junto elementos de seguridad.
Cuando se devuelva el Vehículo tiene que estar en el mismo estado o similar en el que lo recibió. En caso contrario se realizarán los siguientes cargos que se deduciránde la fianza:
- Sin limpieza interior 60€. La limpieza interior incluye eliminar: restos de comida tanto en el vehículo, el menaje, la nevera, restos de barro, arena, polvo y líquidos. Además, el Arrendatario es el responsable de la limpieza del WC de la camper, tanto si es un WC fijo como si es portátil.
- Manchas en la tapicería (asientos delanteros, traseros y cama) 60€.
- Queda prohibido fumar en el vehículo. Devolver la camper con olor a tabaco, quemaduras en el interior o signos evidentes de tabaco tendrá un coste de 200€.
- En caso de haber llevado mascota sin haber avisado a la compañía la limpieza de restos de olor/pelos/parásitos 120€.
- Desperfectos dentro del Vehículo por haber llevado mascota, se valorará mediante presupuesto.
- En caso de haber utilizado WC químico y no haber realizado el correspondiente vaciado y limpieza del mismo se aplicará una tasa de 60€. El WC químico debe devolverse completamente vacío y sin restos de suciedad.
- Si se ha utilizado el depósito de agua con otro líquido o combustible 700€.
- El Arrendatario del Vehículo debe justificar que ha realizado el repostaje en una gasolinera no más lejana de 10km, justificándolocon el ticket correspondiente. En caso contrario, se faculta al Arrendador para facturar los litros de combustible que faltan hasta rellenar el depósito, así como el abono de 30€ por el servicio de repostaje.
- Si se ha llenado el depósito del combustible con otro líquido o combustible diferente a DIESEL el coste de la reparación será íntegro por parte del Arrendatario.
- En caso de pérdida de las llaves o de la documentación del Vehículo 200€.
- En el caso de haber incurrido en una multa de tráfico, se hará un cargo de 20€ por el coste de la gestión para identificar al conductor ante la DGT.
- En el caso de no haber contratado la cobertura adicional de seguro y haber tenido un siniestro, la gestión del mismo tiene un coste de 50€
Edad mínima y conductores autorizados
- El Arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener mínimo 25 años de edad y estar en posesión del permiso de conducción clase B vigente, con más de dos años de antigüedad o el permiso nacional equivalente a éste. En caso de no ser residente de la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor correspondiente a este tipo de Vehículos.
- Si en el momento de la entrega del Vehículo por parte del Arrendador, el Arrendatario no dispone del permiso de conducir que se corresponda con el Vehículo alquilado la documentación presentada es falsa o inexacta, se considerará a todos los efectos que el Arrendatario no ha acudido a recoger el Vehículo, por lo que se aplicarán las condiciones de rescisión de la reserva vinculante por parte del Arrendatario del presente documento, sin derecho a indemnización ni a devolución de ningún tipo.
- Solo podrán conducir el Vehículo los conductores autorizados y mencionados en el contrato de alquiler.
- En el momento de la recogida del Vehículo será obligatorio presentar los originales de dicha documentación. Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo del alquiler.
- El Arrendatario autoriza al Arrendador a que cualquier consecuencia económica de cualquier infracción personal cometida durante el tiempo que dura el alquiler, sea cargada en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.
- Cuando el Arrendatario realice la reserva del Vehículo deberá aportar copia en vigor de la siguiente documentación:
- Documento nacional de identidad (DNI ) o en su defecto el pasaporte (de todos los conductores autorizados).
- Carnet de conducir europeo o internacional (de todos los conductores autorizados).
- Tarjeta de crédito, válida al menos durante los seis meses posteriores a la fecha del alquiler del Vehículo.
Protección de datos personales
Las partes se comprometen a respetar en todo momento la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, en el contexto del presente contrato. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las partes tratarán los datos de carácter personal referentes a las personas firmantes de este contrato y/o los representantes de ambas sobre la base de su interés legítimo, y con la finalidad gestionar la relación comercial y cumplir con las obligaciones que dimanen del mismo.
Los interesados podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, y demás reconocidos en la normativa mencionada dirigiéndose a la parte que trata los datos en la dirección señalada en el encabezamiento de este contrato. En relación a los datos personales a los que ambas partes acceden en virtud del presente contrato, las partes se obligan mutuamente a:
- Guardar la máxima confidencialidad sobre toda la información que se le proporcione o a la que tenga acceso como con secuencia de la ejecución del presente contrato.
- Custodiar e impedir el acceso a los datos e información titularidad de la otra parte por parte de terceros ajenos al presente contrato.
- Evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado a los datos personales aquí referenciados.
- Garantizar el nivel de seguridad correspondiente de acuerdo a la normativa en protección de datos.
Podrán obtener más información acerca del tratamiento de los datos personales relacionados con el presente a través de los canales de contacto indicados por las partes al comienzo del contrato.
Jurisdicción
Las partes se someten expresamente al fuero de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia (España) renunciando a cualquier otra jurisdicción que les pudiera ser aplicable. Para la resolución de cualquier otro fuero, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Valencia, España.
En el caso de posible discrepancia entre las versiones español/inglés de las presentes condiciones generales, prevalecerá la versión española.